Por la presente adenda y en corcondancia con el Artículo 26, numeral 26.4 del Reglamento de la Ley N° 31336, donde se establece que el INEN como Organismo Público Ejecutor, en el marco de los lineamientos técnicos que emite el MINSA, conduce funcionalmente la Red Oncológica Nacional y promueve su implementación de forma desconcentrada y descentralizada para brindar un diagnóstico adecuado, atención integral oncológica oportuna y seguimiento de los pacientes con cáncer a nivel nacional; las partes acuerdan modificar la clausula segunda, cuarta y novena.
Fecha de suscripción: 24/10/2023
Plazo de vigencia: según convenio
(01)201-6500 - (01)201-6160
Nota: No se aceptará la documentación por ningún otro medio
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